del auditor cuando se encuentra
haciendo la auditoria de los estados financieros y encuentra ciertas áreas en
las cuales no tiene la capacidad de dictaminar, debido a las limitaciones en
conocimientos específicos detectados, para lo cual vincula el trabajo de una
persona u organización especialista en un campo diferente al de la contabilidad
y auditoría, es decir el trabajo de un experto que se caracteriza por tener
habilidad, conocimiento y experiencia suficiente en dicho campo y que de alguna
manera este procedimiento busque ayudar al auditor a obtener suficiente
evidencia apropiada de auditoria. Es importante aclarar que esta norma se refiere
al trabajo de una persona u organización de un área diferente a la contabilidad
que ayuda al auditor a obtener la suficiente y apropiada evidencia de auditoria
sobre situaciones específicas que se presenten durante la auditoria, y no
incluye la persona u organización que ayuda a la entidad a la realización de
los estados financieros.
Cuando el auditor apoya su
trabajo con el uso del trabajo de un experto no significa que cuando expresa
una opinión de auditoria disminuya la responsabilidad de la misma, sin embargo
el auditor puede llegar a la conclusión de que el trabajo del experto es
adecuado para sus propósitos de auditoria, y así mismo aceptar los hallazgos o
conclusiones en el campo de especialidad del experto como un argumento válido
en la auditoria para soporte como evidencia.
OBJETIVOS
El auditor debe definir si es
necesario e importante el uso del trabajo de un experto, para complementar el
proceso de auditoría de los estados financieros de una entidad, y determinar si
el uso del trabajo del experto es adecuado, pertinente y coherente con los
propósitos que tiene el auditor para el desarrollo de la auditoria.
Determinación de la necesidad de
un experto: Es
importante que el auditor determine si usará o no el trabajo de un experto,
cuando se hace necesario que exista pericia en un campo específico y distinto
al de la contabilidad o la auditoria, y que permita obtener claridad y
entendimiento de la entidad y su entorno de la misma manera que se puedan
identificar y evaluar los riesgos significativos para diseñar y realizar otros
procedimientos de auditoria que respondan a los riesgos identificados
obteniendo así suficiente evidencia apropiada de auditoria para la formación de
la opinión sobre los estados financieros.
Cuando la administración ha hecho
uso del trabajo de un experto para la preparación de los estados financieros,
el auditor puede como se ha manifestado anteriormente determinar si requiere
del uso del trabajo de un experto o no, pero esto no anula que pueda existir
algún tipo de influencia por los procedimientos realizados por el experto de la
administración, sus alcances, objetivos, capacidades, competencias y demás
respecto al auditor, permitiendo así que el auditor tome decisiones acertadas
de acuerdo a los referentes consultados anteriormente.
Competencia, capacidades y objetividad
del experto: El
auditor debe evaluar si el experto tiene la capacidad, competencia y
objetividad para el desarrollo del trabajo y cumplir con los propósitos del
auditor. Es importante mencionar que estos factores pueden afectar de manera
significativa el trabajo del experto mismo y de igual manera los propósitos del
auditor. Vale la pena aclarar que la competencia hace referencia a la
naturaleza y el nivel de pericia del experto. La capacidad se refiere básicamente
a la habilidad del experto para ejercer esa pericia y la naturaleza, en el
contexto del trabajo, por último la objetividad tiene relación con un posible
conflicto de intereses o influencia de otros en el juicio profesional del
experto. La manera como se presenten estos tres factores en el proceso puede
provenir de situaciones como la experiencia personal y las discusiones que se
tenga con el trabajo previo de ese experto, artículos o libros publicados
escritos, así mismo que las discusiones que se presenten con otros auditores u
otras personas que tengan relación directa con el trabajo de ese experto.
Además es importante tener conocimiento que ese experto está sujeto a normas de
desempeño técnico u otros requisitos profesionales o de la industria, normas de
acreditación de un organismo que otorgue licencias, o requisitos impuestos por
la legislación o normatividad. Sumado a esto el auditor deberá estar al tanto
si ese experto tiene elementos que lo hagan competitivo en relación a
requisitos importantes de contabilidad y auditoría. Cuando el experto es
externo, el auditor debe investigar intereses o relaciones que puedan afectar
la objetividad del experto.
“Experto” significa una persona o
firma que posee habilidad, conocimiento y experiencia especiales en un campo
particular distinto del de la contabilidad y la auditoría.
La educación y experiencia del
auditor lo capacitan para ser conocedor de los asuntos de negocios en general,
pero no se espera que tenga la pericia de una persona entrenada o calificada
para asumir la práctica de otra profesión u ocupación, tal como un actuario o
un ingeniero.
Un experto puede ser:
1. contratado por la entidad
2. contratado por el auditor
3. empleado por la entidad
4.
empleado
por el auditor
Durante la auditoría
el auditor puede necesitar obtener, conjuntamente con la entidad o
independientemente, evidencia de auditoría en forma de informes, opiniones,
valuaciones y declaraciones de un experto.
Por ejemplo:





Cuando determine la
necesidad de usar el trabajo de un experto, el auditor deberá considerar la
importancia relativa del estado financiero que está siendo considerando, el
riesgo de representación errónea basado en la naturaleza y complejidad del
asunto y la cantidad y calidad de otra evidencia de auditoría disponible.
No hay comentarios:
Publicar un comentario